Estados Miembros
Los Estados Miembros del FIDA trabajan juntos para erradicar el hambre y la pobreza en las zonas rurales.
La transparencia en la toma de decisiones es un aspecto central de la gobernanza del FIDA, como se refleja en nuestros dos órganos rectores principales: el Consejo de Gobernadores y la Junta Ejecutiva.
Las disposiciones relativas al derecho de voto de los Estados Miembros del FIDA se recogen en el Convenio Constitutivo del Fondo. Para garantizar que los países en desarrollo estén adecuadamente representados en la gobernanza del FIDA, en el Convenio Constitutivo del Fondo se establece que un tercio de los votos creados se asigne a los países de la Lista C como votos vinculados a la condición de Miembro.
Para tomar decisiones, los dos principales órganos rectores del FIDA utilizan uno de estos cuatro métodos:
para iniciar cualquier reunión de un órgano rector es necesario constituir el cuórum. En el Consejo de Gobernadores y la Junta Ejecutiva, habrá cuórum cuando estén presentes los miembros que representen al menos dos tercios del número total de votos disponibles.
En el caso de los órganos no decisorios, habrá cuórum cuando se hallen presentes la mayoría de sus miembros.
El procedimiento de votación se lleva a cabo en los siguientes casos: