Políticas y Criterios en materia de Financiación del FIDA - FIDA
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Políticas y Criterios en materia de Financiación del FIDA
Las Políticas y Criterios en materia de Préstamos fueron aprobados por el Consejo de Gobernadores en su segundo período de sesiones, el 14 de diciembre de 1978. Fueron enmendados por el Consejo de Gobernadores en sus períodos de sesiones decimoséptimo (Resolución 83/XVII, de 28 de enero de 1994), decimoctavo (Resolución 89/ XVIII, de 26 de enero de 1995), decimonoveno (Resolución 94/XIX, de 18 de enero de 1996), vigésimo (Resolución 101/XX, de 21 de febrero de 1997), vigésimo primero (Resolución 106/ XXI, de 12 de febrero de 1998) y vigésimo noveno (Resolución 143/XXIX, de 16 de febrero de 2006).
En su trigésimo sexto período de sesiones (Resolución 178/XXXVI, de 14 de febrero de 2013), el Consejo de Gobernadores adoptó una versión revisada de las Políticas y Criterios en materia de Préstamos llamada “Políticas y Criterios en materia de Financiación del FIDA”.
Fueron enmendados por El Consejo de Gobernadores los enmendó en sus cuadragésimo primero período de sesiones (Resolución 198/XLI, de 14 de febrero de 2018).
Fueron enmendados por El Consejo de Gobernadores los enmendó en sus cuadragésimo segundo período de sesiones (Resolución 207/XLII, de 15 de febrero de 2019).
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