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Política del FIDA en materia de prevención del fraude y la corrupción en sus actividades y operaciones
En 2005, la Junta Ejecutiva aprobó una política de tolerancia cero ante los casos de fraude y corrupción en las actividades y operaciones financiadas y/o gestionadas por el FIDA (documento EB 2005/85/R.5/Rev.1).
Desde entonces, el modelo operacional y el marco jurídico del Fondo han evolucionado y han surgido nuevas y mejores prácticas para la prevención y mitigación del fraude y la corrupción en otras entidades de las Naciones Unidas e instituciones financieras internacionales (IFI).
A fin de reflejar este nuevo contexto, es preciso revisar algunos elementos de la política de 2005. El objetivo de la revisión propuesta es reafirmar el continuo compromiso del Fondo y sus Estados Miembros con la prevención y mitigación del fraude y la corrupción en las operaciones y actividades financiadas y/o gestionadas por el FIDA y asegurar que el Fondo cuente con las debidas salvaguardias y medidas para este fin.
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